11 febrero 2013

Maltrato animal



ARGENTINA  
CÓMO DENUNCIAR LOS CASOS DE MALTRATO ANIMAL
DÓNDE RECURRIR Y CÓMO HACER
Ley 14.346


 

Muchas veces somos testigos o conocemos de algún hecho sobre maltrato animal y no sabemos cómo actuar. A continuación les mostramos el procedimiento para realizar una denuncia en forma correcta.

Tener en cuenta:
El maltrato animal es un delito penado por el Código Penal y puede ser denunciado por cualquier persona mayor de 18 años. El trámite para realizar una denuncia es gratuito y es un derecho cívico.



LEY 14.346- PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES.

Procedimiento para concretar una denuncia en Capital Federal, en la Provincia de Buenos Aires y en el interior del país.

*Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que presenció el acto o que tiene información sobre el hecho ocurrido.

*El/la denunciante debe ser mayor de edad (18 años) y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad.

*La denuncia puede realizarse por escrito o en forma oral, en este caso el Oficial o Funcionario Público que la reciba deberá entregarle al denunciante una copia de la denuncia formulada.
 


¿EN QUÉ LUGAR PUEDO HACER LA DENUNCIA?

Si el hecho ocurrió en Capital Federal:



*Unidades de Orientación y Denuncia: Desde diciembre de 2007, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran habilitadas las Unidades de Orientación y Denuncia. En las mismas se pueden efectuar denuncias sobre maltrato y/o abandono animal. No trabajan zonalmente, motivo por el cual la denuncia puede realizarse en cualquiera de las unidades. Ellos elevan el caso a la fiscalía correspondiente en el plazo de 24 hs.

Para mayor información: http://www.mpf.jusbaires.gov.ar/
Unidades de Orientación y Denuncia
Combate de los Pozos 155 “PB”
De 09.00 hs a 20.00 hs
Tel/fax: (011) 4011 – 1400


Si el hecho ocurrió en La Provincia de Buenos Aires:

*Comisaría ó UFI (Unidad Fiscal de Instrucción) correspondiente al lugar en dónde ocurrió el hecho.

ES OBLIGACIÓN del Funcionario Público (en caso de la UFI) y del Oficial de Ley (en caso de una Comisaría) tomar la denuncia: LA LEY 14.346 PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES es una Ley Penal así como también es obligación del ciudadano denunciar cualquier hecho que viole una ley. No acceder a realizar una “EXPOSICION CIVIL”, la denuncia debe ser PENAL.



En el interior del país:
 

*Se puede hacer la denuncia por maltrato animal en la Comisaría correspondiente al lugar del hecho, de acuerdo con la Ley de Protección al Animal 14.346. 



Es importante describir los hechos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del responsable de dicho hecho y cualquier otro dato que se considere importante, como así también tomar fotografías o filmar, estos elementos pueden facilitar la investigación.